La alícuota es lo que define cuánto paga una empresa por mes a su ART. Entender cómo se arma ayuda a controlar la cuota, detectar errores y saber cuándo conviene cambiar de aseguradora.
Cómo se calcula la cuota de la ART
La cuota mensual tiene tres partes:
- Suma fija por trabajador: un importe en pesos que se multiplica por la cantidad de trabajadores declarados. Lo fija el contrato con la ART.
- Porcentaje variable sobre la masa salarial: un porcentaje que se aplica sobre el total de remuneraciones del mes de todo el personal. Es la parte que más pesa.
- Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales (FFEP): un importe fijo por trabajador que no va para la ART sino a ese fondo. Lo fija la SRT y se actualiza todos los meses según el índice RIPTE. Para el devengado de septiembre de 2026 es de $1.935 por trabajador.
Un ejemplo
Una empresa con 10 trabajadores y una masa salarial de $12.000.000, con una suma fija de $300 por trabajador y un porcentaje variable del 4,5 % (valores de ejemplo):
| Suma fija: 10 × $300 | $3.000 |
| Variable: $12.000.000 × 4,5 % | $540.000 |
| FFEP: 10 × $1.935 | $19.350 |
| Cuota del mes | $562.350 |
Como se ve, casi toda la cuota sale del porcentaje variable. Por eso, bajar ese porcentaje aunque sea medio punto se nota mucho en el costo anual.
¿De qué depende el porcentaje?
- La actividad de la empresa (CIIU): no paga lo mismo una oficina que una obra en construcción.
- El nivel de riesgo y la siniestralidad: cuántos accidentes y enfermedades profesionales tuvo la empresa.
- La ART: cada compañía tiene su propia tarifa para la misma actividad. Por eso, comparar entre varias ART puede bajar bastante el costo.
¿Cuándo puede la ART aumentar la alícuota?
Según el contrato tipo de afiliación (Resolución SRT 46/2018):
- Los aumentos tienen que respetar la anualidad: no se puede subir la alícuota antes de que pase un año, salvo por un cambio de actividad (CIIU).
- La ART tiene que avisar con 60 días corridos de anticipación.
- Si el aumento es mayor al 50 % o a 3 puntos porcentuales (lo que sea menor), el aviso tiene que ser con 90 días, justificando el motivo, y se notifica por la Ventanilla Electrónica de e-Servicios SRT.
Ese plazo existe para que la empresa pueda comparar y, si le conviene, cambiar de ART antes de que rija el aumento. En Pólizas Digitales avisamos a cada estudio contable 30 días antes de que entre en vigencia un cambio de alícuota.
6 formas de pagar menos de ART
- Cotizar en varias ART. Para la misma actividad, la diferencia entre compañías puede ser importante.
- Revisar el CIIU. Si la actividad declarada no es la real, la empresa puede estar pagando una alícuota de un rubro más riesgoso.
- Controlar la nómina y la masa salarial declaradas. La cuota se calcula sobre lo que se declara: un error ahí es un error en la cuota.
- Invertir en prevención. Menos accidentes es menor siniestralidad, y eso pesa al renovar. Ver Seguridad e Higiene.
- Estar al día con los pagos. Con deuda, la ART actual puede rechazar el CNO y la empresa no puede cambiar de ART.
- No dejar pasar los avisos de aumento. Con 60 o 90 días de margen hay tiempo para cotizar otras ART y decidir.
Los valores del FFEP cambian todos los meses y las normas se actualizan: antes de liquidar, conviene confirmar los datos vigentes en el sitio de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.