Por qué una pyme debería comparar su ART
En una pyme, la ART es un costo fijo que se paga todos los meses por cada empleado. Y no todas las ART cobran lo mismo por la misma actividad: la diferencia de alícuota entre una y otra puede ser importante, sobre todo cuando la nómina crece.
Además del precio, importa el servicio: qué tan rápido atienden un accidente, cómo responden ante un reclamo y si alguien te avisa antes de que te suban la alícuota. Como broker, trabajamos con las principales ART y comparamos por vos.
Qué define cuánto paga tu pyme de ART
La cuota de la ART se arma con una suma fija por trabajador (que incluye el aporte al Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales) y un porcentaje sobre la masa salarial, la alícuota. Ese porcentaje depende de:
- La actividad de la empresa: no tiene el mismo riesgo una oficina que una obra.
- La siniestralidad: los accidentes y enfermedades profesionales que tuvo la empresa.
- La ART: cada compañía fija su propia tarifa para cada actividad.
Lo explicamos paso a paso, con un ejemplo, en Alícuota de ART: cómo se calcula.
ART según el tipo de pyme
- Comercios: locales, distribuidoras y mayoristas. Suelen tener alícuotas bajas, pero por eso mismo conviene revisar que no estén pagando de más. Los empleados de comercio, además, tienen el seguro de vida del convenio mercantil.
- Construcción: es de las actividades con alícuotas más altas, y la ART exige requisitos propios de la obra, como el aviso de obra y el programa de seguridad. Te acompañamos con cada uno, y con los certificados con cláusula de no repetición que piden los comitentes.
- Industria y talleres: la siniestralidad pesa mucho en la alícuota. Un buen seguimiento de los accidentes y de las medidas de seguridad e higiene ayuda a que no aumente.
- Servicios y empresas con pocos empleados: aunque la nómina sea chica, la ART es obligatoria desde el primer empleado en relación de dependencia.
Si ya tenés ART, ¿te conviene cambiarte?
Muchas veces sí. Para cambiar de ART primero se pide el Certificado de No Objeción (CNO) a la ART actual. Puede rechazarse si la empresa tiene deuda, si no pasaron seis meses desde el inicio de la cobertura o si no pasó un año desde el último cambio. Nosotros revisamos los requisitos, hacemos el trámite y coordinamos el alta para que la empresa no quede ni un día sin cobertura.




