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Cotizar ART para pymes

Comparamos las principales ART para la actividad y la cantidad de empleados de tu empresa, y te recomendamos la mejor relación entre costo y servicio. Si te conviene cambiar, hacemos todo el trámite.

Cotizar la ART de mi pymeConsultar por WhatsApp

Por qué una pyme debería comparar su ART

En una pyme, la ART es un costo fijo que se paga todos los meses por cada empleado. Y no todas las ART cobran lo mismo por la misma actividad: la diferencia de alícuota entre una y otra puede ser importante, sobre todo cuando la nómina crece.

Además del precio, importa el servicio: qué tan rápido atienden un accidente, cómo responden ante un reclamo y si alguien te avisa antes de que te suban la alícuota. Como broker, trabajamos con las principales ART y comparamos por vos.

Qué define cuánto paga tu pyme de ART

La cuota de la ART se arma con una suma fija por trabajador (que incluye el aporte al Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales) y un porcentaje sobre la masa salarial, la alícuota. Ese porcentaje depende de:

  • La actividad de la empresa: no tiene el mismo riesgo una oficina que una obra.
  • La siniestralidad: los accidentes y enfermedades profesionales que tuvo la empresa.
  • La ART: cada compañía fija su propia tarifa para cada actividad.

Lo explicamos paso a paso, con un ejemplo, en Alícuota de ART: cómo se calcula.

ART según el tipo de pyme

  • Comercios: locales, distribuidoras y mayoristas. Suelen tener alícuotas bajas, pero por eso mismo conviene revisar que no estén pagando de más. Los empleados de comercio, además, tienen el seguro de vida del convenio mercantil.
  • Construcción: es de las actividades con alícuotas más altas, y la ART exige requisitos propios de la obra, como el aviso de obra y el programa de seguridad. Te acompañamos con cada uno, y con los certificados con cláusula de no repetición que piden los comitentes.
  • Industria y talleres: la siniestralidad pesa mucho en la alícuota. Un buen seguimiento de los accidentes y de las medidas de seguridad e higiene ayuda a que no aumente.
  • Servicios y empresas con pocos empleados: aunque la nómina sea chica, la ART es obligatoria desde el primer empleado en relación de dependencia.

Si ya tenés ART, ¿te conviene cambiarte?

Muchas veces sí. Para cambiar de ART primero se pide el Certificado de No Objeción (CNO) a la ART actual. Puede rechazarse si la empresa tiene deuda, si no pasaron seis meses desde el inicio de la cobertura o si no pasó un año desde el último cambio. Nosotros revisamos los requisitos, hacemos el trámite y coordinamos el alta para que la empresa no quede ni un día sin cobertura.

Trabajamos con las principales ART

Provincia ARTExperta ARTReconquista ARTFederación PatronalGalenoAndina ARTSerena ARTIAPSER

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Gestionamos la ART de todos los clientes de tu estudio, con un portal para ver la cartera completa.

Seguro de Vida Obligatorio →

Toda pyme con empleados lo necesita. Cotizalo junto con la ART.

Cambio de ART paso a paso →

Cómo es el traspaso de una ART a otra, sin quedar sin cobertura.

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Completá los datos y un ejecutivo te contacta con la comparación. Sin compromiso.

Preguntas frecuentes sobre la ART de una pyme

¿Una pyme con pocos empleados necesita ART?

Sí. La ART es obligatoria para todo empleador con personal en relación de dependencia, desde el primer trabajador, según la Ley 24.557 de Riesgos del Trabajo.

¿Cuánto cuesta la ART para una pyme?

Depende de la actividad, la cantidad de empleados, la masa salarial y la siniestralidad de la empresa: se paga una suma fija por trabajador más un porcentaje de la masa salarial. Por eso no hay un precio único: con los datos de tu empresa te comparamos las ART y te decimos cuánto pagarías en cada una.

¿Qué datos necesito para cotizar?

El CUIT, la actividad principal, la cantidad de trabajadores y la masa salarial mensual aproximada. Si ya tenés ART, también nos sirve saber cuál es y qué alícuota pagás hoy.

¿Cada cuánto conviene revisar la ART?

Como mínimo una vez por año, y siempre que te avisen un aumento de alícuota. Nosotros hacemos esa revisión periódica y te avisamos 30 días antes de cada cambio de alícuota.

¿Qué pasa si la empresa tiene deuda con la ART?

Con deuda no se puede cambiar de ART, porque la ART actual puede rechazar el CNO. Te ayudamos a armar un plan de pago para regularizarla.

¿También cotizan el Seguro de Vida Obligatorio?

Sí. Al pedir la cotización podés marcar que también querés el Seguro de Vida Obligatorio, que todo empleador tiene que contratar por cada trabajador.